H. S i e r r a l l a n a
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) obliga al Servicio Cántabro de Salud (SCS) a reconocer a dos delegados sindicales de UGT en el Hospital Sierrallana (Torrelavega) tras estimar un recurso de suplicación interpuesto por la Federación de Servicios Públicos (FSP) de la central ugetista, informó el sindicato.
El TSJC confirma «los plenos derechos» de dos delegados sindicales de UGT en el Hospital Sierrallana en virtud de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, que estipula la obligatoriedad de todo centro de trabajo a designar a dos delegados por cada sindicato si se supera un censo de 751 trabajadores.
FSP-UGT demandó al Servicio Cántabro de Salud porque, en virtud de la mencionada ley de libertad sindical, el sindicato tenía derecho a dos delegados sindicales en el hospital porque el censo supera los 751 trabajadores, 779 con régimen estatutario y 32 laborales según la sentencia. Sin embargo, el SCS denegó esta opción a UGT tras excluir del mencionado censo de trabajadores a 82 de ellos por figurar con nombramiento de sustitución, medida rechazada por el tribunal por considerar que todos los trabajadores deben ser computados.
El fallo del TSJC considera probada la vulneración de la libertad sindical e insta al Servicio Cántabro de Salud a «nulidad radical» de su conducta, y reconoce a los dos delegados sindicales su pleno derecho a asistir a las reuniones de la Junta de Personal, o cualquier otra facultad determinada por la Ley Orgánica de Libertad Sindical.
E.P.
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